REGLAMENTO GENERAL
DE SOCIOS Y USUARIOS
Normas claras para nuestra comunidad
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PROPÓSITO Somos un Centro de actividades acuáticas, deporte y actividad física que procura mejorar la calidad de vida de la comunidad de la Costa de Oro a través de programas educativos, de salud y deportivos, brindando servicios de calidad en instalaciones que buscan el desarrollo sostenible y el cuidado del medio ambiente. |
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Versión |
Aprobación |
Entrada en vigencia |
Aprobado por |
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v.2026_08 |
22/07/2026 |
01/08/2026 |
Dirección General - CADA |
ARTÍCULO 1. OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES
1.1. El presente Reglamento regula el vínculo entre TILBURMAX S.A.S., nombre comercial Centro Acuático y Deportivo Atlántida (CADA), y las personas que acceden a sus servicios, instalaciones o actividades.
1.2. Se aplica a socios, usuarios, menores de edad, madres, padres o responsables, invitados, participantes de convenios, deportistas y demás personas que ingresen a CADA o intervengan en actividades organizadas por la institución.
1.3. A los efectos de este documento, la expresión “socio/a” identifica a quien mantiene una membresía activa. Es una denominación comercial y no confiere participación societaria, derechos políticos ni derechos sobre el patrimonio de TILBURMAX S.A.S.
1.4. Este Reglamento se complementa con las condiciones del plan contratado, el tarifario vigente, la Guía de Continuidad, la Política de Privacidad y los protocolos específicos de cada actividad. Ningún documento complementario podrá contradecir la normativa obligatoria ni reducir derechos adquiridos sin el procedimiento correspondiente.
ARTÍCULO 2. INGRESO, REGISTRO Y CONTROL DE ACCESO
2.1. Para ingresar, la persona deberá completar el registro, brindar información veraz y actualizada, aceptar las condiciones aplicables, abonar los importes correspondientes y presentar la documentación exigible para la actividad.
2.2. Para realizar actividad física en CADA, el socio deberá contar con el Carné de Salud o Certificado de Aptitud Física vigente. En caso de no disponer de dicha documentación al momento de la inscripción, podrá iniciar las actividades y tendrá un plazo máximo de 30 días corridos para presentarla o actualizarla. Para los menores de edad, será obligatorio presentar el Carné Pediátrico vigente.
2.3. CADA podrá solicitar información o autorización médica adicional cuando la actividad, los antecedentes informados o una situación de seguridad lo justifiquen. La información de salud será tratada con acceso restringido.
2.4. La credencial, código o medio de acceso es personal e intransferible. No podrá prestarse, duplicarse ni utilizarse para facilitar el ingreso de terceros.
2.5. El acceso requiere membresía o servicio vigente, pago regularizado y cumplimiento de horarios, aforos, reservas y condiciones de la actividad.
ARTÍCULO 3. MEMBRESÍA, MATRÍCULA Y PLANES
3.1. La matrícula de ingreso activa el derecho a integrar CADA. Es personal, no reembolsable y no transferible, salvo las excepciones expresamente previstas en una promoción o en la Guía de Continuidad.
3.2. La baja implica la pérdida de la calidad de socio y de la antigüedad, salvo que exista una licencia o modalidad de continuidad aprobada. El reingreso requiere abonar la matrícula vigente, excepto beneficio expreso.
3.3. Cada plan define servicios incluidos, frecuencia, grupos, edades, condiciones de reserva y beneficios. El socio sólo podrá utilizar los servicios contratados o habilitados para su categoría.
3.4. Los cambios de plan, grupo u horario se solicitan por los canales oficiales y están sujetos a disponibilidad, requisitos técnicos, nivel, edad y condiciones económicas vigentes.
3.5. La matrícula, los planes, las promociones y los beneficios no podrán cederse a terceros, salvo autorización escrita de CADA bajo una modalidad formalmente vigente.
ARTÍCULO 4. RÉGIMEN ECONÓMICO Y PAGOS
4.1. Las cuotas se abonan por adelantado, del día 1 al 10 de cada mes, por los medios habilitados por CADA. No se aceptará efectivo salvo comunicación expresa en contrario.
4.2. Los recargos por mora, bonificaciones, costos de gestión y demás condiciones económicas estarán definidos en el tarifario vigente, informado antes de la contratación y disponible por los canales oficiales.
4.3. Los planes mensuales incluyen una cuota complementaria anual equivalente a una mensualidad denominada Cuota 13, pagadera en dos mitades junto con las cuotas de junio y diciembre, salvo exoneración prevista en el plan contratado.
4.4. El rechazo de un débito automático o la falta de recepción de un aviso no libera de la obligación de pago. El socio deberá verificar el pago y comunicar cualquier diferencia.
4.5. Dos cuotas consecutivas impagas generan la suspensión del acceso. Tres cuotas consecutivas impagas habilitan la baja administrativa, sin extinguir la deuda generada hasta la fecha efectiva de baja.
4.6. Los cambios de precio se comunicarán con una anticipación razonable, no menor a 30 días, y regirán para períodos futuros. El socio podrá solicitar la baja antes de la entrada en vigencia del nuevo precio.
4.7. Los períodos ya utilizados y la matrícula no generan devolución. Los pagos anticipados por períodos no utilizados se resolverán conforme al plan, la causa de finalización, la normativa vigente y las responsabilidades de cada parte.
ARTÍCULO 5. CONTINUIDAD, LICENCIAS Y BAJA
5.1. La inasistencia, incluso prolongada, no suspende por sí sola la membresía ni las obligaciones de pago.
5.2. Antes de solicitar la baja, el socio podrá acceder a las modalidades de la Guía de Continuidad. Las licencias deben solicitarse previamente, cumplir sus requisitos y ser confirmadas por CADA; no tienen efecto retroactivo.
5.3. Baja voluntaria. La solicitud de baja deberá presentarse con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles respecto del inicio del mes en que se pretenda hacer efectiva. Podrá tramitarse a través de cualquiera de los canales habilitados para la contratación, incluidos los medios digitales. En caso de existir saldos pendientes, la efectivización de la baja quedará sujeta a la cancelación total de la deuda.
5.4. CADA procesará la baja dentro de un plazo máximo de 15 días corridos desde su recepción. No se generarán nuevas cuotas posteriores a la fecha efectiva, sin perjuicio de los importes devengados hasta ese momento.
5.5. Cuando un plan tenga permanencia, financiación o beneficios condicionados, la baja se regirá además por las condiciones informadas y aceptadas al contratar, dentro del marco legal aplicable.
ARTÍCULO 6. DERECHOS DE SOCIOS Y USUARIOS
6.1. Acceder a los servicios contratados, dentro de sus horarios, requisitos, aforos y condiciones.
6.2. Recibir información clara sobre precios, beneficios, cambios relevantes y reglas de uso.
6.3. Ser tratado con respeto, equidad y sin discriminación.
6.4. Desarrollar actividades en condiciones razonables de higiene, prevención y seguridad.
6.5. Recibir protección de su privacidad y de sus datos personales.
6.6. Presentar consultas, sugerencias, reclamos y descargos, y recibir una respuesta fundada.
6.7. Ser informado sobre cierres, suspensiones o modificaciones relevantes con la anticipación posible.
ARTÍCULO 7. OBLIGACIONES Y CONVIVENCIA
7.1. Todas las personas deberán respetar a socios, usuarios, funcionarios, docentes, proveedores y visitantes, así como seguir las instrucciones del personal responsable.
7.2. No se admiten agresiones físicas o verbales, amenazas, hostigamiento, acoso, discriminación, intimidación, humillaciones ni conductas que alteren gravemente la convivencia.
7.3. Está prohibido ingresar o permanecer bajo efectos que comprometan la seguridad; portar armas; fumar o vapear en zonas no habilitadas; consumir alcohol o sustancias prohibidas; realizar actividades comerciales, colectas o publicidad sin autorización.
7.4. Cada persona deberá cuidar las instalaciones, materiales y equipos. Quien cause daños por conducta intencional o negligente deberá asumir su reparación, sin perjuicio de otras medidas.
7.5. No se permite fotografiar o filmar en vestuarios, baños, duchas ni espacios de intimidad. En otras áreas deberá respetarse la privacidad de terceros y las indicaciones institucionales.
7.6. CADA podrá interrumpir una actividad o solicitar el retiro inmediato cuando exista un riesgo concreto, incumplimiento operativo o alteración de la convivencia. Esta intervención de seguridad no constituye por sí sola una sanción definitiva.
ARTÍCULO 8. USO GENERAL DE INSTALACIONES Y SERVICIOS
8.1. El ingreso se limitará a los espacios, actividades y horarios habilitados. Como regla general, podrá accederse hasta 15 minutos antes y permanecer hasta 15 minutos después de la actividad, salvo indicación específica.
8.2. La puntualidad forma parte de la seguridad. El ingreso tardío podrá ser rechazado por el docente o responsable cuando se haya omitido una fase necesaria de preparación o se afecte el funcionamiento del grupo.
8.3. CADA podrá ajustar horarios, espacios, docentes, carriles o integración de grupos por razones pedagógicas, operativas o de disponibilidad. Los cambios relevantes serán comunicados con la anticipación posible y no se garantiza la permanencia de un docente determinado.
8.4. Los feriados y cierres previstos en el calendario anual forman parte de la planificación del servicio y no generan recuperación o descuento, salvo condición expresa del plan.
8.5. Las cancelaciones imputables a CADA serán recuperadas, sustituidas o compensadas de forma razonable según la actividad. En casos de fuerza mayor, mantenimiento urgente o riesgo, CADA adoptará la solución aplicable considerando la duración y el impacto de la interrupción.
8.6. Los objetos personales permanecen bajo cuidado de su propietario. Los lockers son de uso transitorio y requieren candado. CADA responderá únicamente en los casos previstos por la normativa aplicable.
ARTÍCULO 9. NORMAS ESENCIALES PARA PISCINAS
9.1. Es obligatoria la ducha higiénica previa, el traje de baño, la gorra de natación y el calzado antideslizante en las zonas indicadas. Los niños que no controlen esfínteres deberán utilizar pañal acuático adecuado.
9.2. Se deberán seguir en todo momento las instrucciones de guardavidas, docentes, fisioterapeutas, coordinadores y personal autorizado.
9.3. Está prohibido correr, empujar, hundir a otras personas, realizar saltos no autorizados, apnea competitiva, juegos riesgosos o ingresar a sectores cerrados o sin supervisión.
9.4. El uso de tablas, aletas, flotadores y demás materiales requiere autorización y deberá respetar el carril, nivel y actividad asignados.
9.5. Las condiciones de piscina libre, edades, aforo, duración, carriles y acompañamiento de menores se regirán por el protocolo operativo vigente y la cartelería visible.
9.6. CADA podrá disponer, de forma preventiva e inmediata, el cierre total o parcial de una o más piscinas cuando existan alteraciones en los parámetros de calidad del agua, contaminación interna o externa, cortes de energía eléctrica, fallas técnicas o de infraestructura, indisponibilidad de personal debidamente habilitado, situaciones de emergencia o cualquier otra circunstancia que pueda comprometer la seguridad, la salud o la integridad de los usuarios. El cierre se mantendrá durante el tiempo que CADA considere necesario para restablecer condiciones adecuadas y seguras de funcionamiento.
ARTÍCULO 10. NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
10.1. La inscripción y las autorizaciones de menores deberán ser realizadas por su madre, padre, tutor o responsable legal, quien mantendrá actualizados los datos de contacto y emergencia.
10.2. Los menores serán entregados y retirados por personas autorizadas. CADA no los entregará a terceros no registrados y aplicará su protocolo ante demoras en el retiro.
10.3. El adulto responsable deberá estar localizable, respetar los horarios y no interferir con la conducción técnica de clases o actividades.
10.4. Queda terminantemente prohibida toda conducta que implique violencia física, verbal, psicológica o de cualquier otra naturaleza, así como actos de humillación, acoso, hostigamiento, intimidación, discriminación o cualquier forma de maltrato. Toda situación de esta naturaleza podrá ser comunicada a la Dirección General, que la tratará con la debida reserva y adoptará las medidas que correspondan conforme a la normativa interna de CADA.
10.5. Las comunicaciones entre funcionarios y menores se realizarán por canales institucionales y, cuando corresponda, con conocimiento del adulto responsable.
10.6. El acceso a vestuarios y la asistencia de adultos se regirán por el protocolo vigente según edad y actividad. En bebés y preescolares se permitirá, como regla, un adulto responsable por niño.
ARTÍCULO 11. SALUD, SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
11.1. El socio o adulto responsable declara que la información de salud proporcionada es completa y deberá comunicar cambios que puedan afectar una práctica segura.
11.2. No se deberá participar ante síntomas, lesiones, enfermedades contagiosas o indicaciones médicas incompatibles con la actividad. El personal podrá impedir la participación cuando exista un riesgo razonable.
11.3. La práctica deportiva y acuática implica riesgos ordinarios. Su reconocimiento no exonera a CADA de sus obligaciones legales de seguridad, diligencia y responsabilidad.
11.4. En una emergencia, todas las personas deberán seguir las instrucciones de evacuación, rescate o asistencia. CADA podrá contactar servicios de emergencia y al referente informado.
11.5. Todo accidente, incidente o condición peligrosa deberá comunicarse inmediatamente al personal para su registro y actuación.
ARTÍCULO 12. DATOS PERSONALES, IMÁGENES Y COMUNICACIONES
12.1. TILBURMAX S.A.S. tratará datos identificatorios, de contacto, administrativos, financieros y de salud necesarios para gestionar la relación, prestar servicios, proteger la seguridad, cumplir obligaciones y realizar comunicaciones institucionales, conforme a su Política de Privacidad.
12.2. El titular podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, actualización o supresión por los canales oficiales, acreditando su identidad.
12.3. La autorización para captar o utilizar imágenes con fines institucionales o promocionales será independiente, expresa, voluntaria y revocable. La negativa no impedirá acceder a los servicios, salvo registros estrictamente necesarios para identificación o seguridad.
12.4. Las comunicaciones operativas y contractuales se enviarán a los datos informados por el socio. Es responsabilidad del titular mantenerlos actualizados. Las comunicaciones promocionales admitirán la opción de dejar de recibirlas.
ARTÍCULO 13. CONSULTAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS
13.1. Las consultas, reclamos y sugerencias deberán presentarse por Atención al Socio o por los canales oficiales publicados, identificando a la persona y describiendo el asunto con la información disponible.
13.2. CADA acusará recibo dentro de cinco días hábiles y procurará emitir respuesta dentro de quince días hábiles. Cuando el caso requiera investigación adicional, informará el estado y un plazo estimado.
13.3. Los reclamos serán tratados con respeto, confidencialidad y sin represalias contra quien comunique una situación de buena fe.
ARTÍCULO 14. INCUMPLIMIENTOS Y MEDIDAS
14.1. Según la naturaleza, reiteración, daño y riesgo, podrán aplicarse: advertencia verbal, advertencia escrita, suspensión temporal del servicio o baja disciplinaria.
14.2. Se consideran especialmente graves la violencia, las amenazas, el acoso, la discriminación, el daño intencional, la filmación en espacios de intimidad, la falsificación de documentos, el ingreso no autorizado y las conductas que pongan en riesgo a otras personas.
14.3. Ante un hecho grave, CADA podrá disponer el retiro inmediato o una limitación preventiva de acceso mientras analiza lo ocurrido. Esta medida será proporcional, temporal y revisada sin demora.
14.4. Antes de una suspensión disciplinaria prolongada o baja definitiva, se informarán los hechos y se otorgará un plazo de cinco días hábiles para presentar descargos. La decisión será fundada y notificada.
14.5. La persona podrá solicitar revisión ante la Dirección General dentro de cinco días hábiles de la notificación. La revisión se resolverá, en principio, dentro de diez días hábiles.
14.6. Cuando la persona involucrada sea menor de edad, toda actuación se comunicará al adulto responsable y se priorizará su protección.
ARTÍCULO 15. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS, INTERPRETACIÓN Y VIGENCIA
15.1. La Dirección General administra este Reglamento, resuelve los casos no previstos y aprueba los protocolos operativos necesarios para su aplicación.
15.2. Forman parte del sistema normativo de CADA, entre otros: Tarifario y Condiciones Comerciales; Guía de Continuidad; Protocolo de Piscinas y Piscina Libre; Protocolo de Menores y Vestuarios; Política de Privacidad y Uso de Imágenes; y Protocolos de Emergencia e Incidentes.
15.3. Los protocolos, horarios, aforos y reglas técnicas podrán actualizarse por razones operativas o de seguridad y serán publicados por los medios habituales. Las reformas sustanciales de este Reglamento se comunicarán con al menos 30 días de anticipación, salvo exigencia legal o necesidad urgente de seguridad.
15.4. Este Reglamento entra en vigencia en la fecha indicada, sustituye los reglamentos generales anteriores y permanecerá disponible en formato digital y en Atención al Socio.
15.5. La inscripción, renovación o utilización de los servicios luego de su entrada en vigencia implica conocimiento y aceptación, sin perjuicio de los consentimientos que deban recabarse por separado.